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martes, 25 de octubre de 2011

Banca Cívica se sube al carro de los pagarés


El baile de nuevos productos para captar recursos de inversores particulares a través de las redes de banca comercial lo abrió el Santander. ¡Siempre golpea el primero!
Se le sumaron BBVA, Bankia, Popular, Ibercaja y, finalmente, Banca Cívica. Este último banco ofrecerá una rentabilidad del 3,25 al 3,50% y con plazos máximos de 15 meses.
El resto de características son idénticas a las enumeradas para los lanzados en las pasadas semanas por sus competidores (garantía única del emisor, difícil liquidez antes del vencimiento…), que ya mencionamos en otros artículos (1).
La emisión será de 2.000 millones de euros y ampliable hasta 4.000

jueves, 20 de octubre de 2011

Pagarés de bancos, se contagia la competencia

Aparecen nuevos operadores en el mercado de los pagarés de bancos, Ibercaja, con una emisión de mil millones de euros ampliable a dos mil. En este caso es aplicable todo lo que hemos comentado en nuestros anteriores post para otros emisores (1) sobre sus características de liquidez y seguridad.

Para esta ocasión:
  • Los plazos oscilarán entre 8 y 15 meses
  • La rentabilidad entre el 3,40 y 3,60%, pudiendo alcanzar al 4%
  • Capital mínimo de 20.000€
  • Emitidos al descuento
  • No garantizados por el FGD (2) como un depósito
Con la emisión de este nuevo banco (en masculino, porque ya se ha transformado societariamente de ser caja de ahorro) ya son Santander, BBVA, Bankia, Popular… los emisores que tratan de captar el ahorro del particular mediante sus redes comerciales y a tipos de interés similares al depósito tradicional.
De todas maneras, ni son ni serán los últimos (como ya anticipamos), en el momento de escribir estas líneas el Banco Mare Nostrum, o BMN (antiguas Caja Murcia, Caja Granada, Sa Nostra y Caixa Penedés) está estudiando la posibilidad de emitir a un plazo y remuneración similares a la competencia. 

(1) Artículos anteriores relacionados:

BBVA se sube al carro de los pagarés
Pagarés de bancos: nuevas modas, viejos peligros
Captación de ahorro: paradojas y tabla rasa.

jueves, 22 de septiembre de 2011

BBVA se sube al carro de los pagarés

El pasado 19 de septiembre publicamos la noticia de la emisión de pagarés del Banco Santander. En ella hacíamos una descripción sencilla de sus principales características y los riesgos que asumía el inversor ¡Sí riesgos!.

Anticipamos que el resto de la banca seguiría esta nueva moda para captar ahorro de los inversores particulares, con mayores riesgos que los depósitos tradicionales. Pues ahí están, sin un sobreprecio elevado comparando con los plazos fijos, si bien el sentido común nos dice que sí debiera ser notorio. Y, además, ¡sin hacer ninguna aportación al FGD!.

El BBVA ha anunciado su próxima emisión (el Folleto base todavía no se encuentra en la CNMV) de este producto, hasta alcanzar los 10.000.000.000€ y con unos tipos de interés aproximados que oscilarán del 3% a 3 meses hasta un 3,70% a 18 meses.

El resto muy similar y como ya comentábamos en nuestro post anterior: 
  • emitidos al descuento,
  • sin garantía del FGD
  • la remuneración será a vencimiento
  • liquidez escasa por no decir casi nula.
En los meses de final de año ya sabemos para que nos van a llamar los directores y gestores de las sucursales bancarias, ¡por pagarés propios!.

Rogamos que nadie se olvide el sentido común en casa, es decir, ¡a mayor riesgo exijamos mayor remuneración!.

lunes, 19 de septiembre de 2011

Pagarés de bancos: nueva moda, viejos peligros

Ya anticipamos al final de nuestro post del 17/09/2011 que el RD 711/2011, que regula la remuneración de los depósitos bancarios, iba a generar creatividad por parte de los directivos de las entidades para captar ahorro (a precios interesantes, ¡para ellos!) pero sin ser penalizados por la aportación adicional al FGD.
Pues el Santander se ha adelantado, como en tantas otras ocasiones, a sus competidores. Acaba de depositar en la CNMV el Folleto Base de sus pagarés.
La intención inicial es alcanzar los cinco mil millones de euros, ampliable a siete mil quinientos. El medio: su red comercial de oficinas en España. El público objetivo: los inversores particulares (minorista) y cualificados pero con un mínimo de inversión.
Resumimos las principales características de la emisión:
  • Importe mínimo: 30.000€ para el inversor minorista y 100.000€ para el cualificado
  • Plazo de inversión: desde 3 a 25 meses
  • Importe global: 5.000.000.000 € ampliable a 7.500.000.000€
  • Garantía: Banco Santander. Ninguna adicional
  • Liquidez: Bastante difícil ¡por no decir imposible!. Existirá acuerdo con Banesto para obtenerla por un porcentaje de la emisión, pero el inversor debe pensar que no va a disponer del dinero hasta el cumplimiento del plazo previsto.
  • Fondo de Garantía de Depósitos: los importes invertidos no están cubiertos por el FGD como los depósitos, sólo responde la entidad cántabra, exclusivamente con su patrimonio.
  • Pago intereses: al vencimiento.
  • Rentabilidad: oscilará, según la información comercial del 3 al 3,75% en función del plazo contratado. Emitidos al descuento, es decir, la rentabilidad será la diferencia entre lo cargado en cuenta y lo abonado (similar a las Letras del Tesoro).
Bueno, ahí está la oferta del banco cántabro con la única garantía de su patrimonio (insistimos, sin respaldo del FGD como en los depósitos) que para mucho será más que suficiente, para otros no.
Sin embargo ya somos conocedores que se incorporan a este tipo de programas otras entidades como  Liberbank, Banco Mare Nostrum, Banca Cívica…  
  • todas ellas con ayudas del FROB,
  • con notorias dificultades a la hora de captar inversores institucionales que se adhieran a su capital (sin que se les garantice una alta rentabilidad a su inversión muy superior a la que se ofrece al inversor minorista, menos formado en estos productos)
  • con la Espada de Damocles de la intervención por parte del Banco de España,
Entonces, nos preguntamos y reflexionamos,
  1. ¿es correcto, moralmente,  tratar utilizar la confianza de las personas que forman las red comercial de los nuevos bancos para captar fondos en estos productos y a tipos de interés similares a los depósitos?
  2. ¿la retribución no debiera estar más acorde al riesgo asumido por el minorista?
  3. ¿el banco de España y la CNMV no deberían velar porque se difundiera más ampliamente información sobre los riesgos inherentes a estos productos?
  4. ¿realmente se cumple la normativa, MIFID, en su comercialización?. No nos referimos a si se firman contratos, test y advertencias legales en los despachos de una sucursal sino si realmente se conocen los riesgos de liquidez, solvencia, mercado... a los que se enfrenta un inversor minorista por un precio tan bajo (oscilarán entre el 3-5%).
Planteamos estas dudas y dejamos abierto el debate.

lunes, 12 de septiembre de 2011

¿Qué son las Cuotas Participativas?


Para conocer qué es son las Cuotas Participativas lo mejor es dirigirnos al Banco de España que las define como sigue:
Activos financieros o valores negociables que pueden emitir las cajas de ahorros. Representan aportaciones dinerarias de duración indefinida que pueden ser aplicadas en igual proporción y a los mismos destinos que los fondos fundacionales y las reservas de la entidad. Son un instrumento de renta variable–han de cotizar en un mercado secundario organizado- y están desprovistas de derechos políticos. Su precio de emisión ha de ser coherente con el valor económico de la caja.
Por tanto, de esta sencilla definición que nos ofrece el regulador podemos deducir que:
  • Son un producto que pueden emitir por las Cajas de Ahorros (hasta la fecha tan sólo la recién intervenida CAM llevó a cabo una emisión en julio de 2.008)
  • Son de duración indefinida. No tiene vencimiento.
  • Se trata de renta variable. Sí variable, su precio puede oscilar al alza y a la baja (en el caso de la CAM se emitieron a 5,85€)
  • Cotizan en un mercado secundario. Para el caso de la CAM su cotización a 12 de septiembre era de 1,73€)
  • No tienen derechos políticos, por ejemplo: derecho de asistencia y voto en las Juntas.
  • Además, implícitamente, se supervisa la emisión y cotización por parte del Banco de España y de la CNMV.
Y  de la anterior explicación, unido a la experiencia práctica del ejemplo citado concluimos que el inversor en este producto debe conocer:
  1. Que su rentabilidad, teóricamente, vendrá por dos vías: revalorización de las cuotas en el mercado y reparto del excedente del beneficio de la entidad.

    • Revalorización: desde su emisión en el verano de 2.008 las cuota de la CAM han perdido un 70% de su valor.
    • Reparto de excedente: acaban de hacer público un resultado semestral de -1.136 millones de euros, ¿qué van a repartir?
2.  Que no tienen vencimiento. Si quieren dejar de ser partícipes deben vender en el mercado secundario, la entidad no tiene ninguna obligación de adquirir las mismas.
  • Se anunció, por el antiguo equipo gestor de la CAM, la amortización a 4,77€….¡una salida para el inversor con menos de un 19% de pérdidas! 
  • Los nuevos administradores han suspendido la Junta que debía probar el Acuerdo anterior, convocada para el 16 de septiembre.
3.  Como no tienen derechos políticos no pueden participar en la elección del equipo gestor que dirigirá la actuación de la entidad y, por tanto, la responsabilidad del negocio y obtención de resultados.

4.  Aunque no dicho pero debemos indicar que las cuotas son productos MIFID (1), o dicho de otra manera que se ven afectados por dicha regulación.
  • Dentro de la normativa MIFID son catalogados como productos complejos, que (si bien lo explicaremos con más detalle en un posterior artículo al efecto) vienen a ser cómo aquellos que requieren mayor formación y experiencia en mercados financieros tanto por parte del inversor, por los riesgos que llevan implícitos, como por parte del comercializador para ejecutar su labor con transparencia.

(1)     Directiva sobre Instrumentos y Mercados financieros, en vigor en España desde Noviembre de 2.007, que regula la prestación de servicios de inversión.