Ya es un hecho la reducción de aranceles que percibirán los Notarios y Registradores por diversas actuaciones.
Se ha publicado en el BOE del 17 el Real Decreto 1612/2011 de 14 de noviembre con tan sólo 3 artículos que afectan a los aranceles de: Notario, Registrador de la Propiedad y Mercantil.
Sus notas más caracterísitcas son:
Notarios (1)
- Un máximo de 30,05€ por escrituras de novación, subrogación y cancelación de hipotecas
- 150€ por constitución de sociedades si el capital es menor de 30.000€
- 60€ por constitución de sociedades si el capital es menor de 3.100
- La inscripción / cancelación de finca o derecho desde 24,04€ mínimo
- El máximo será de 2.181€
Registradores Mercantiles (3)
- 6,01€ para inscripciones de constitución, fusión, absorción... si la cuantía no supera los 3.005€
- 100€ por constitución de sociedad si es de capital inferior a 30.000€
- 40€ por constitución de sociedad si es de capital inferior a 3.100€
(1) Modifica el RD 1426/1989
(2) Modifica el RD 1427/1989
(3) Modifica el Decreto 757/1973
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