lunes, 12 de septiembre de 2011

¿Qué son las Cuotas Participativas?


Para conocer qué es son las Cuotas Participativas lo mejor es dirigirnos al Banco de España que las define como sigue:
Activos financieros o valores negociables que pueden emitir las cajas de ahorros. Representan aportaciones dinerarias de duración indefinida que pueden ser aplicadas en igual proporción y a los mismos destinos que los fondos fundacionales y las reservas de la entidad. Son un instrumento de renta variable–han de cotizar en un mercado secundario organizado- y están desprovistas de derechos políticos. Su precio de emisión ha de ser coherente con el valor económico de la caja.
Por tanto, de esta sencilla definición que nos ofrece el regulador podemos deducir que:
  • Son un producto que pueden emitir por las Cajas de Ahorros (hasta la fecha tan sólo la recién intervenida CAM llevó a cabo una emisión en julio de 2.008)
  • Son de duración indefinida. No tiene vencimiento.
  • Se trata de renta variable. Sí variable, su precio puede oscilar al alza y a la baja (en el caso de la CAM se emitieron a 5,85€)
  • Cotizan en un mercado secundario. Para el caso de la CAM su cotización a 12 de septiembre era de 1,73€)
  • No tienen derechos políticos, por ejemplo: derecho de asistencia y voto en las Juntas.
  • Además, implícitamente, se supervisa la emisión y cotización por parte del Banco de España y de la CNMV.
Y  de la anterior explicación, unido a la experiencia práctica del ejemplo citado concluimos que el inversor en este producto debe conocer:
  1. Que su rentabilidad, teóricamente, vendrá por dos vías: revalorización de las cuotas en el mercado y reparto del excedente del beneficio de la entidad.

    • Revalorización: desde su emisión en el verano de 2.008 las cuota de la CAM han perdido un 70% de su valor.
    • Reparto de excedente: acaban de hacer público un resultado semestral de -1.136 millones de euros, ¿qué van a repartir?
2.  Que no tienen vencimiento. Si quieren dejar de ser partícipes deben vender en el mercado secundario, la entidad no tiene ninguna obligación de adquirir las mismas.
  • Se anunció, por el antiguo equipo gestor de la CAM, la amortización a 4,77€….¡una salida para el inversor con menos de un 19% de pérdidas! 
  • Los nuevos administradores han suspendido la Junta que debía probar el Acuerdo anterior, convocada para el 16 de septiembre.
3.  Como no tienen derechos políticos no pueden participar en la elección del equipo gestor que dirigirá la actuación de la entidad y, por tanto, la responsabilidad del negocio y obtención de resultados.

4.  Aunque no dicho pero debemos indicar que las cuotas son productos MIFID (1), o dicho de otra manera que se ven afectados por dicha regulación.
  • Dentro de la normativa MIFID son catalogados como productos complejos, que (si bien lo explicaremos con más detalle en un posterior artículo al efecto) vienen a ser cómo aquellos que requieren mayor formación y experiencia en mercados financieros tanto por parte del inversor, por los riesgos que llevan implícitos, como por parte del comercializador para ejecutar su labor con transparencia.

(1)     Directiva sobre Instrumentos y Mercados financieros, en vigor en España desde Noviembre de 2.007, que regula la prestación de servicios de inversión.

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